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AUTÓNOMOS Y PYMES PODRÁN NO DECLARAR EL IVA

Hacienda está trabajando en un nuevo régimen de IVA que, según parece, permitirá no tributar por IVA. Esta opción se deriva de la directiva de la UE 2020/285

 

Una de las grandes quejas de los autónomos y pequeñas empresas es que Hacienda les traslada la obligación de recaudar en su nombre. Tienen que repercutir el impuesto del IVA y luego ingresar lo recaudado.

 

Esta obligación supone destinar tiempo y dinero a hacer una tarea que no les produce ningún beneficio. No hay beneficios por descargar a la Administración de dedicar tiempo y dinero para hacer esta tarea. Lo haces tú en su nombre. Es exactamente lo mismo que cuando vas a una gasolinera con autoservicio donde tú te pones la gasolina y pagas en el propio surtidor. Esa gasolinera se ahorra el coste de un operario, pero tú no recibes ningún descuento a cambio.

 

Y no solo eso. Es muy frecuente que los autónomos y micropymes aun reciban presión por los consumidores finales para que no les repercutan el IVA, renunciando a solicitar factura. Esta actitud, claramente defraudatoria y que va en contra de los intereses de todos, afortunadamente cada vez es menor pero aún hay sectores que sienten esta presión llegando incluso a perder ventas por negarse a colaborar en defraudar a Hacienda.

 

A esto se le une que los autónomos y empresas con tensiones de liquidez se encuentran con que tienen que ingresar trimestralmente la diferencia entre lo soportado y lo repercutido y es posible que hayan tenido que disponer de ese dinero y no lo tengan. ¡¡Cosa que se ve agravada cuando tienen que ingresar un IVA de una factura que aún no han cobrado!!

 

Pero la noticia de que “parece” que no tendrán que liquidar e ingresar el IVA repercutido puede que no sea tan buena como parece. Y esto es así porque, si optan por este sistema, no podrán deducirse del IVA soportado.

 

Lo que ha trascendido es que se podrán acoger a este sistema siempre que el volumen de ingresos sea inferior a 85.000€ anuales, PERO no podrás deducirte del IVA soportado. Es decir, te “comes” el IVA soportado. Es como si fuera un incremento de tus gastos.

 

Si es tu caso, te recomendamos que hagas números antes de pasarte a este sistema porque igual te perjudica y mucho. Ya te adelanto que este sistema muy probablemente no te interesará.

 

Veamos un EJEMPLO.

 

Imagina que facturas 60.000€ y tus gastos al cabo de un año son de 30.000€. La situación sería:

 

CON EL NUEVO SISTEMA PROPUESTO

 

  • El IVA de tus ingresos es de 0€.
  • El IVA de tus gastos es de 6.300€
  • Conclusión: soportas como gasto y coste directo los 6.300€

 

CON EL SISTEMA ACTUALMENTE VIGENTE

 

  • El IVA de tus ingresos es de 12.600€.
  • El IVA de tus gastos es de 6.300€.
  • Conclusión: tienes que ingresar la diferencia (12.600€ - 6.300€ = 6.300€) pero los has cobrado antes de tus clientes. No es gasto directo.

 

Como verás, no te interesa este sistema ya que es un incremento directo de los costes.

 

 

Ahora imagina que decides comprar maquinaria que te cueste 50.000€. La situación sería:

 

CON EL NUEVO SISTEMA PROPUESTO

 

  • El IVA de tus ingresos es de 0€.
  • El IVA de tus gastos es de 6.300€.
  • El IVA de tus inversiones es de 10.500€.
  • Conclusión: soportas como gasto y coste directo 16.800€.

 

 

CON EL SISTEMA ACTUALMENTE VIGENTE

 

  • El IVA de tus ingresos sigue siendo de 12.600€
  • El IVA de tus gastos sigue siendo de 6.300€
  • El IVA de tus inversiones es de 10.500€.

 

  • Total IVA soportado: 16.800€
  • Total IVA repercutido: 12.600€
  • Conclusión: has tenido que desembolsar la diferencia (16.800€ - 12.600€ = 4.200€) pero podrás compensarlo más adelante o pedir la devolución. No es coste o gasto directo.

 

La decisión es tuya. Tendrás que analizar tu situación y decidir si te pasas a este nuevo sistema o te quedas en el sistema habitual. Como ves, muy probablemente no te interesará este nuevo sistema ya que no supone que te “quedas” con el IVA que cobras a tus clientes. Supone que no repercutirás el IVA en la factura por lo que tampoco lo cobrarás.

 

Pero, no tengas prisa para tomar esta decisión. Esta directiva europea aún no está aprobada en España. Está en fase de negociación y se prevé que pueda entrar en funcionamiento entre 2025 y 2027.

 

Al parecer, la estrategia detrás de este nuevo sistema es eliminar el sistema de módulos para que todos tributen en estimación directa.

 

Ya veremos cómo queda finalmente esta opción.

 

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